En los últimos días se ha vivido restricciones a la entrada de vehículos en París por culpa de la contaminación reinante en la capital francesa y precisamente este es uno de los aspectos que se recoge en la nueva normativa. Así, se recoge la posibilidad de restringir o limitar el acceso o la circulación a distintos puntos, ya sean ciudades o zonas determinadas por motivos medioambientales. Sin embargo, esta parte de la nueva Ley de Tráfico tendrá que ser desarrollada a posteriori, ya que depende de varias administraciones públicas.
Cambios inmediatos
Los sistemas de seguridad son una parte fundamental en el desarrollo de los nuevos modelos de las marcas y la Ley de Tráfico también intensifica sus pautas en este aspecto. De esta forma, el nuevo texto permite prohibir la ocupación de asientos delanteros o traseros de los vehículos a menores en función de edad y talla, dándose la posibilidad de inmovilizar los vehículos que no cumplan con esta ley o no dispongan del dispositivo de retención infantil adecuado.
En este aspecto, se fija la obligatoriedad de usar el casco de ciclistas en vías interurbanas, remarcando además que los menores de 16 años deberán llevar siempre el casco, independientemente de la vía en la que circulen. En relación con los ciclistas, el vehículo que adelante un ciclista puede ocupar en parte o totalmente un carril contiguo o contrario dejando como mínimo 1,5 metros de distancia.
El nuevo texto es bastante más aclaratorio con respecto a los detectores del radar. El nuevo texto prohíbe expresamente el uso de detectores de radar o aparatos que interfieran con los radares y sólo serán válidos los que informen sobre la ubicación de los mismos. El uso de este tipo de dispositivos prohibidos se estipulan como una infracción grave por lo que la multa será de 200 euros y se quitarán 3 puntos del carnet a los conductores que los utilicen.
Otro de los aspectos importantes a tratar en esta nueva normativa es todo lo relacionado con la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas. La nueva ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias bajo prescripción facultativa. Esta infracción es muy grave y se castigará con 1.000 euros y 6 puntos menos en el carnet, teniendo también repercusión penal. La prueba salival con los dispositivos adecuados será el medio para detectar en el momento este tipo de infracción.
Como novedad, todos los pasajeros involucrados en un accidente deberán permitir que se les realice las pruebas de detección de alcohol y drogas. Además, la multa por conducir bajo los efectos del alcohol con tasas superiores a las establecidas seguirá siendo de 500 euros, con la detracción de 4 a 6 puntos, dependiendo de los resultados de la prueba. Si el conducotr yha ha sido sancionado en este aspecto en el año anterior la multa se incrementará hasta los 1.000 euros aunque no tendrá una mayor sustracción de puntos.
Otros cambios
Como ya comentamos en su momento, en caso de accidente de tráfico por atropello de especies cinegéticas, la responsabilidad será del conductor salvo que sea en caso de situación de caza o por problemas en el vallado o la señalización, hecho que tendrá que demostrar el propio conductor. Además, las grúas que acudan a realizar un servicio en carretera tienen prioridad de paso, sin ser vehículos prioritarios. Por último, el plazo de alegación de denuncias y de pago de sanciones con descuento pasa de 15 a 20 días naturales.
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