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cuidado con el vao

La DGT te podría multar con 500 euros si circulas por un carril VAO

La dirección general de tráfico sigue en su lucha de perseguir las irregularidades en las carreteras españolas.

Alejandro Delgado

16 septiembre 2022 10:37

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La DGT te podría multar con 500 euros si circulas por un carril VAO

En un momento donde el volumen de accidentes se ha visto significativamente aumentado en los últimos años, no es de extrañar que los peatones, ciclistas y personas que van en ciclomotores o motos sean las personas más vulnerables, donde pueden terminar sufriendo graves problemas de salud y de su integridad física. En la Dirección General de Tráfico se han centrado en varios aspectos para reducir esa situación y ahora han empezado a instaurar una estrategia alternativa para controlar las irregularidades al volante. Para ello, controlarán a los usuarios que empleen el carril VAO siempre que lo hagan de una manera ilegal, en cuyo caso le puede llegar a caer una multa de 500 euros.

Desde la DGT han estado informando en sus canales respectivos a los usuarios de manera continuada, por lo que no es de extrañar que ahora cansados de ver que no se les hacen caso hayan pasado a actuar imponiendo fuerte multas. Los carriles VAO los conocerás por los libros de una autoescuela, pero es difícil detectarlos sobre el asfalto. El motivo es simple, únicamente existen en tres ciudades, como son Madrid, Barcelona y Granada. Este tipo de carril está destinado única y exclusivamente para vehículos donde viajan más de una persona, por lo que es para vehículos de alta ocupación. Con ellos, se pretende desatascar la entrada de grandes ciudades.

No es de extrañar que ante este tipo de situación, desde la DGT hayan comprobado que hay un gran número de conductores españoles que siguen cayendo en la ilegalidad, poniendo en peligro el correcto funcionamiento de este tipo de vía. Para ello, han decidido que lo mejor para aprender es aplicar un correctivo.

Quién puede circular por un VAO

En líneas generales observamos que se puede circular vehículos con dos o más ocupantes contando al conductor, motos, turismos, furgonetas, y autobuses de más de 3500 MMA. A todo, también coches con etiqueta CERO y de carsharing que estén correctamente indicados. En caso de llevar la etiqueta ECO, C o B, tendrá que utilizarlo cuando lo indiquen los carteles luminosos, mientras que los servicios públicos lo podrá hacer siempre que sea oportuno.

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