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Descubre la nueva irregularidad de las cámaras de ZBE

No hay tiempo que perder y son distintas las organizaciones que piden colaboración de los ayuntamientos.

Redacción

26 enero 2023 21:35

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Descubre la nueva irregularidad de las cámaras de ZBE

En las últimas horas han sido distintos los municipios de más de 50.000 habitantes que han implementado en sus ciudades las zonas de bajas emisiones de acuerdo con la nueva normativa de Tráfico. Ésta prohíbe la circulación por ciertas áreas urbanas de un número determinado de vehículos según su grado de contaminación. No es de extrañar, que algunas localidades españolas hayan incorporado algunas cámaras de vigilancia para constatar que los usuarios estaban cumpliendo con la legalidad vigente. Aprovechando la introducción de estos mecanismos de tráfico, desde la Dirección General de Tráfico y los centros de Inspecciones Técnicas de Vehículos solicitaban que también se tuviese acceso a este de cámaras para detectar que coches circulaban sin la ITV al día.

El ayuntamiento de Madrid todavía no ha respondido a la solicitud de distintos organismos, pero son distintos los colectivos y empresas legales de abogados que han dado más información sobre ello. Desde Pyramid Consulting han apuntado que todo ello es legal siempre y cuando sean los propios municipios los que decidan ceder el acceso a sus cámaras de tráfico. Desde el organismo han apuntado que este tipo de cámaras de vigilancia son de titularidad municipal, por lo que el ayuntamiento deberá tomar la decisión.

Esto se traduce en que ningún tipo de ayuntamiento municipal tendrá la potestad o "competencia para imponer este tipo de sanciones". En caso de que esto sucediese, se estarían extralimitando de sus funciones públicas y no tendrían más remedio que recurrir a instancias superiores y enfrentarse a sanciones muy elevadas.

Qué tipo de sanciones existen

En caso de estar circulando por la Península Ibérica o el territorio nacional sin la ITV al día los usuarios se estarían enfrentando a diversos tipos de sanciones dependiendo del delito que cometan y de su naturalidad. Es decir, no es lo mismo circular con la ITV caducada, que sin pasarla. En el primer caso, la multa seria de 200 euros con una reducción de 50% en caso de que se proceda a pronto pago. En cambio, si ha dado negativo el examen, sería una multa de más de 500 euros sin posibilidad de rebaja.

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