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¡YA EN VIGOR!

Repasamos la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Ya ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, por lo que hacemos un repaso de todas y cada una de las nuevas leyes que recoje el nuevo reglamento.

Repasamos la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Repasamos la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Ya ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Son numerosos los puntos afectados, y para que no te cojan de sorpresa, Motor&Racing te hace un breve repaso de todos y cada uno de los puntos.

Sustancias estupefacientes y alcohol

Las únicas sustancias cuyo consumo queda permitido son las que cuenten con prescripción médica. Aquel conductor que se someta a los test pertinentes y se le detecte la presencia de drogas u otras sustancias no autorizadas en su organismo, será multado con 1.000 euros y se le retirará 6 puntos.

En cuanto a conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, las leyes se endurecen. Sigue estando sancionado con 500 euros y de 4 a 6 puntos conducir con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, pero a partir de ahora, se multará con 1.000 euros a los reincidentes, aquellos que ya hubieran sido sancionados el año inmediatamente anterior, así como aquellos conductores que doblen la tasa permitida.

Por otro lado, el resto de usuarios de la vía estarán obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia si están implicados en accidentes de tráfico o si han cometido algún tipo de sanción

Casco

A partir de ahora, los menores de 16 años deben llevar casco obligatoriamente cuando vayan en bicicleta o ciclo, indiferentemente de la vía por la que circulen. Sin embargo, los mayores de 16 años podrán circular en población sin casco, pese a que su uso es recomendado.

Ciclistas

Pese a que ya estaba recogido en el reglamento, la DGT eleva el rango normativo para tratar de buscar más seguridad a los ciclistas. Recordad, el vehículo que adelante a un ciclista debe hacerlo con una separación mínima de 1,5 metros, y podrá ocupar parcial o totalmente el carril contiguo o contrario, siempre que no suponga un riesgo al resto de usuarios de la vía.

Inmovilización

A partir de ahora, si en un vehículo viaja un menor sin el dispositivo de retención infantil, los agentes podrán inmovilizar el vehículo.

Límites de velocidad

Algunos tramos de autovía verán los tan ansiados 130 Km/h, mientras que en las carreteras convencionales, la velocidad máxima será de 90 Km/h

Repasamos la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Detectores de radar

Quizá es uno de los puntos más comentados de esta nueva ley de tráfico. A partir de ahora, quedan totalmente prohibido el uso de detectores de radares, concretamente los que se basan en el uso de ondas para localizar radares. Su uso esta multado con 200 euros y tres puntos.

Pese a los continuos bulos que se oyeron en su día, sigue estando permitido que los sistemas GPS nos avisen mediante alertas de ubicaciones de radar, pero sigue estando prohibido el uso de inhibidores.

Atropello de animales

A partir de ahora, en caso de accidente de tráfico ocasionado por el atropello de un animal, con carácter general, la responsabilidad recaerá sobre el conductor.

Si se produce el atropello de un animal a consecuencia de una acción de caza mayor, la responsabilidad recaerá sobre el propietario del terreno; mientras que si el atropello es por falta de un vallado en óptimas condiciones, o falta de señalización, la responsabilidad recaerá en el titular de la vía.

Además

Será infracción la caída de objetos del vehículo a la vía, la realización de obras en la vía sin autorización, causar daños en la vía o infraestructura por un exceso de masa o tamaño del vehículo,...

Pero debes saber que a partir de ahora, los agentes ya no estarán obligados a notificar una denuncia en el acto, pero solo con condiciones. Para ello, el agente deberá carecer de medios que le permita proceder a la persecución del infractor y que se encuentre en un operativo de vigilancia o control de tráfico.

Además de todo esto, debes recordar que una vez notificada la denuncia, el plazo de alegaciones y pago con descuento es de 20 días naturales(hasta ahora eran 15 días).

Aquí te dejamos todos los cambios del nuevo reglamento, pero te advertimos que no serán los últimos. La DGT se encuentra estudiando otras leyes que garanticen la seguridad vial.

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